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Si analizamos las distintas formas de apoyar la introducción de las ERNC en distintos países, podemos encontrar 2 principales tendencias, la primera de ellas se basa en el fomento por medio de beneficios, bonificación, subvenciones, tarifas especiales o como se le quiera llamar, cuyo objetivo es fomentar un negocio que por estos días no resulta rentable en comparación a los medios tradicionales, incluso con un barril de petróleo por sobre los US$130.
Un segundo modelo que busca en cierta forma fomentar las ERNC, pasa por obligar a las generadoras a que cierto porcentaje de la energía inyectada al sistema eléctrico provenga de fuentes de ERNC, traspasando la responsabilidad de la inserción de las ERNC completamente al mundo privado, donde el estado actúa solo como medio fiscalizador del cumplimiento de la normativa. Lamentablemente Chile opto por la segunda tendencia.  La Ley de ERNC que fue promulgada en el mes de marzo obliga a las generadoras a que el 10% de la energía que inyectan al sistema provenga de fuentes de ERNC. Esta obligación comienza a regir a partir del año 2010, donde las generadoras deben cumplir con un porcentaje inicial de 5% hasta el 2015, año en el que comenzará a incrementarse dicho porcentaje en 0,5% anualmente, hasta llegar al 10% en el 2024. Si bien es un paso gigantesco en comparación a las políticas energéticas de otros países, el modelo adoptado no permite un fomento real de las ERNC, debido a que los costos asociados a este tipo de energía son muy altos y requieres de ayudas especiales para su implementación y masificación. Como país, importamos 2/3 de la energía primaria que utilizamos (gas, petróleo y carbón), energéticos que suman y suman alzas consecutivas, y que por lo visto no experimentarán retrocesos debido tanto a que sus reservas cada vez son menores y los costos de producción son mayores debido a la dificultad de extracción y a los conflictos políticos que se agudizan día a día. Entonces, ¿es correcto que nuestro país adoptara una política de obligar a generar con ERNC, posponiendo la masificación de estos tipos de fuentes de generación siendo que lo que necesita es diversificar la matriz energética aprovechando recursos autóctonos que en cierta medida independizarían energéticamente a nuestro país? Personalmente, creo que no fue la mejor opción. Chile debería haber adoptado una política similar a la usada en España o Alemania, donde gracias al fomento de las ERNC por medio de tarifas especiales y bonificaciones han logrado diversificar su matriz energética, transformándolos en líderes en temas de energía eólica y energía solar.
Las ERNC hay que verlas como un apoyo a las fuentes de energía tradicionales, no debemos pensar que reemplazaran totalmente a los combustibles fósiles, pero si permitirán disminuir considerablemente la dependencia energética y los avisos de racionamiento que aparecen cada ciertos periodos de sequías. Si Chile hubiese adoptado un modelo distinto, es probable que el 10% al que se pretende llegar el 2024, se alcanzaría mucho antes dado que el interés por invertir en generación no sería solo de las actuales generadoras, sino que los grandes consumidores proveerían sus propios proyectos a fin de asegurar tanto su abastecimiento actual como sostenibilidad futura del negocio. Siendo más optimista, podemos decir que tenemos ley de ERNC y que veremos en los próximos años desde la carretera cientos de aerogeneradores dando vueltas y simbolizando que las energías renovables han llegado a Chile y que es cosa de tiempo en que su masificación sea real y efectiva. Es de esperar que la futura política energética de la cual se viene hablando hace años potencie aún más las ERNC, a través de mecanismos de fomento claros y no sólo por medio de imposiciones u obligaciones. Chile necesita diversificar su matriz energética urgentemente, orientándola hacia medios de generación limpios y autóctonos los que, además de permitir sosteniblidad productiva, permitan cumplir con posibles compromisos ambientales de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero que probablemente recaigan sobre Chile en un segundo periodo del Protocolo de Kyoto post 2012. Diego Lizana R. |